Resolución 23385 del 20 de noviembre del 2020 que es y en afecta a la comunidad motera.
Desde el pasado 23 de Enero del presente año el Ministerio de Transporte estableció por medio de la Resolución 23385 del 20 de Noviembre del 2020 donde establecen las condiciones mínimas para el uso de los cascos para motociclistas en Colombia, en el cual se aclaro la postura del casco, el estado físico del articulo pero lo que más llamó la atención fue el hecho en donde limita la acción de comunicarse a través del celular cuando se esta conduciendo, limitando la acción al prohibido uso del dispositivo celular dentro del casco, esto queda claro en el siguiente párrafo “No se podrán llevar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco excepto si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres” la cual ha sido la disposición mas renombra de las tres.
Sin dejar atrás la primera disposición de las condiciones mínimas es hacer uso correcto del casco infiriendo en el porte, el cual debe ser que la cabeza tenga una inmersión total dentro del casco para la completa seguridad, mientras que la tercera hace acotación al uso de las vísceras, aclarando que mientras este en el transcurso del recorrido la visera debe estar abajo, no levantada a media vista o totalmente alzada, esto para evitar el contacto de objetos que puedan limitar la visión del piloto.
Por último, hace un recordatorio de las medidas básicas como son:
- Adquirir cascos certificados
- Tener en cuenta la talla al momento de usar un casco.
- Evitar usar el casco de otro conductor.
- Mantenerlo limpio y desinfectado en el interior y exterior.
- No exponerlo a golpes o caídas.
Todo esto para disminuir la muerte por siniestralidad en los casos donde hay afectaciones cráneo encefálicas que actualmente representa el 33.2% lo que ha promovido el aumento de fatalidad en las vías por parte de los motociclistas a un 54% según la Agencia Nacional de Seguridad Vial.